Banca & FinTech

El acta en que se solicitó que la FNE quede fuera de la definición de las tasas de intercambio de medios de pago

El Comité Técnico que discute las tasas recibió una solicitud de un tercero no identificado para que la Fiscalía saliera del proceso, lo que finalmente fue rechazado.

Por: Vicente Vera V. | Publicado: Miércoles 13 de octubre de 2021 a las 13:26 hrs.
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El proceso de definición de las tasas de intercambio que lleva adelante el Comité Técnico que lo conforma el Ministerio de Hacienda, el Banco Central, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) y la Fiscalía Nacional Económica (FNE) enfrentó en septiembre su primer obstáculo.

De acuerdo a las actas públicas de la instancia, durante la sesión del 24 de septiembre la secretaría técnica -que está en manos del coordinador de Mercado de Capitales del Ministerio de Hacienda, Francisco Larraín- expuso que se había recibido una solicitud de un tercero (que no se informa en el acta) para que se declarara la inhabilidad de los integrantes de la FNE.

Según los antecedentes presentados, se pidió que el miembro titular del Comité en representación de la FNE, el jefe de la división Antimonopolios, Gaston Palmucci; y el miembro subrogante y abogado de la misma división, Alejandro Domic, fueran inhabilitados.

¿El motivo? Se argumentó en la solicitud que la FNE y sus funcionarios "han formulado rangos de regulación de tasas de intercambio en distintos procedimientos, en forma previa a la constitución del Comité".

Se apuntó que "los funcionarios de la FNE representan a la institución y deben orientar su actuar a las pautas y directrices que el referido Servicio haya establecido".

"Cualquier funcionario público, sea de planta o contrata, que forme parte de la FNE, no podrá mantener una postura que no fuese la que ha dicho servicio ha mantenido dentro de los procedimientos relacionados con la regulación de tasas de intercambio, por lo que, independiente que la FNE ha manifestado su posición, igualmente se permitiría alegar la inhabilidad de cualquiera de sus funcionarios, pues todos deberían orientar el desarrollo de sus funciones al cumplimiento de los objetivos de la institución", dice el acta.

Cabe recordar que las tasas de intercambio son un eslabón importante de la industria de medios de pago.

Estas tasas son las comisiones fijadas por las marcas de tarjetas —como Visa, Mastercard, entre otras—, que deben pagar los adquirentes — como Transbank, Multicaja, y otras empresas que afilian y habilitan a los comercios que aceptan pago con tarjetas— a los bancos que emiten tarjetas.

Antes de la Ley de Tasas de Intercambio, estas tarifas eran definidas por las marcas internacionales de tarjetas. El Comité dará a conocer en febrero de 2022 las tasas de intercambio de carácter transitorio.

La salida 

Antes del inicio de la discusión sobre la FNE, Palmucci y Domic se retiraron de la sesión.

Esto obedeció a que el requerimiento "hacía alusión directa a ellos" y que "correspondía a una medida voluntaria, prudencial y preventiva".

Los tres miembros titulares del comité, Hugo Caneo, Catherine Tornel y Carolina Flores analizaron la solicitud junto con Francisco Larraín y decidieron por unanimidad declarar como improcedente el requerimiento debido a que "no cuentan con atribuciones legales para pronunciarse" sobre el fondo del asunto.

Se recordó que la ley acordó que el Comité debía contar un miembro designado por la FNE y que además la legislación "no entregó facultades de remoción o inhabilitación de sus miembros".

Puntualizaron que en la Constitución alude que los órganos del Estado actúan de manera válida de acuerdo a las facultades que establece la ley por lo que no existe razón alguna para que se puedan atribuir autoridades o derechos que no están dentro del perímetro establecido.

La FNE ha mostrado en reiteradas oportunidades y en diferentes instancias su visión sobre la regulación de las tasas de intercambio.

Por ejemplo, remitió a comienzos de año un informe al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) donde hizo ver "no se dispone de la información necesaria para poder estimar la tasa de intercambio óptima para el mercado chileno bajo alguna de las metodologías validadas por la literatura económica ni por las mejores prácticas de los entes encargados de su regulación a nivel internacional".

No obstante, en un escrito presentado el año pasado por la FNE ante el TDLC, propuso que la regulación de las tasas comprenda que "las obligaciones de pago por transacciones nacionales con tarjetas de pago, entre emisores y operadores o adquirentes, sean sujetas a tasas máximas, diferenciadas por tipo de tarjeta".

La idea de la FNE era que "las tasas de intercambio máximas podrán estar definidas como un monto fijo por transacción, un porcentaje del valor de la transacción o una combinación de ambos".

Consultada la FNE y el Ministerio de Hacienda -en su calidad de secretaría técnica del Comité- sobre la situación, no estuvieron disponibles para hacer comentarios al respecto.

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